Derecho

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25 de julio de 2025

El horario de trabajo en colombia

Por: Stefano Farné1 & Andrés Escobar

En 1930 el economista J.M. Keynes predijo que, gracias a que el mundo sería mucho más rico en un futuro, sus nietos trabajarían solo 15 horas semanales. En 1935, el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) número 47 Sobre las 40 horas “se declara en favor del principio de la semana de 40 horas, aplicado en forma tal que no implique una disminución del nivel de vida de los trabajadores”.

Los años 30 son cruciales también en Colombia en materia de horario de trabajo. Es así como, la Ley 129 de 1931 y el Decreto 895 de 1934 establecieron una jornada laboral semanal de 48 horas. Desde entonces no hubo modificaciones hasta con la aprobación de la Ley 2101 del año 2021.

La mencionada ley ordena la reducción de la jornada de 48 a 42 horas, de una forma progresiva en el tiempo y sin disminuir el salario de los trabajadores ni afectar sus beneficios adquiridos. La primera reducción -de 48 a 47 horas- se aplicó el 15 de julio de 2023; la segunda -de 47 a 46 horas- se dio el 15 de julio de 2024, la tercera -de 46 a 44 horas- recién se dio el 15 de julio de 2025 y la última -de 44 a 42 horas- está prevista para el 15 de julio de 2026.

La reducción de la jornada laboral (sin ser acompañada por una reducción del salario de los trabajadores) lleva a dos efectos indiscutibles. El primero es que aumenta el costo laboral unitario. En Colombia este aumento ha sido del 2,1% en 2023, 2,2% en 2024 y 4,5% en 2025. Por otro lado, mejora el bienestar y la salud de los trabajadores y facilita la conciliación con su vida personal y familiar.

Otros aspectos, como el empleo, la informalidad, la productividad y los salarios son materia de discusión. Así, por ejemplo, por un lado, el aumento de los costos laborales podría desincentivar la contratación de mano de obra, pero por el otro, la reducción de la semana laboral podría conducir a más empleo debido a que se necesitaría un mayor número de trabajadores para compensar las horas en que se reduce la jornada (worksharing). Asimismo, las mejoras en la salud y el bienestar de los trabajadores podrían inducirlos a proveer un mayor esfuerzo en sus labores, lo que a su vez redundaría en una mayor productividad; sin embargo, reducciones más allá de un cierto número de horas de trabajo -las que se consideran excesivas, es decir, que pueden ser perjudiciales para la salud- pueden tener un efecto contrario y podría aumentar el estrés laboral dado que la producción quedaría igual, pero las horas para producirla disminuyen.

Desafortunadamente, las comprobaciones empíricas tampoco despejan las ambigüedades teóricas ya que los resultados encontrados arrojan signos discordantes y en todo caso de pequeñas magnitudes2.

A pesar de lo anterior, existe consenso acerca de que, para evitar efectos negativos sobre el empleo, es aconsejable acompañar la disminución de la jornada laboral con políticas complementarias como la gradualidad de implementación y la adaptabilidad laboral. Esta última puede incluir la semana de trabajo comprimida3, las bandas horarias de entrada y salida, el trabajo hibrido, la jornada laboral flexible. Estas son medidas que se han contemplado en la Ley 2101 de 2021 y en parte en la recién aprobada reforma laboral.

Puede resultar costosa, pero la entrega de subsidios a las empresas que mantienen o aumentan su nómina de personal puede también constituir una política complementaria.

El Cuadro anexo presenta la evolución durante los últimos tres años de las horas semanales promedio trabajadas normalmente por los trabajadores de tiempo completo en Colombia. Coherentemente con la disminución del horario semanal máximo legal, se observa una contracción de las horas efectivamente trabajadas por los asalariados de empresas privadas formales, aunque ellas siguen estando por encima del valor previsto por la ley: en el periodo julio 2024-junio 2025 las horas trabajadas normalmente declaradas por los asalariados fueron 47,7, mientras que la ley hacía referencia a 46. Nótese que, durante los mismos periodos de tiempo, no se registraron caídas del empleo y, a pesar de que adicionalmente el salario mínimo subió en promedio muy por encima del 10% en los tres años, la ocupación de los asalariados formales creció a una tasa interanual de 4,9% y 2,9%.

Además, de la inspección de las cifras del cuadro anexo resalta como en los últimos tres años se presentó una disminución generalizada del horario de trabajo, aunque de diferente intensidad entre las diversas categorías de trabajadores, con exclusión de los empleadores informales.

Estos últimos, juntos a sus homólogos formales, son los trabajadores que más horas trabajan normalmente en Colombia, más de 54 semanales. Extensas jornadas, de alrededor 50 horas semanales, cumplen también los empleados domésticos y los trabajadores sin remuneración formales.

Por el contrario, los que menos horas semanales trabajan son los asalariados, tanto del sector privado como del sector público: poco más de 47 horas. Aun así, estamos lejos de la jornada de 40 horas propuesta por la OIT y, más aún, de las 15 horas semanales anheladas por Keynes en los años 30.

Horas promedio semanales laboradas por los trabajadores formales e informales de tiempo completo según posición ocupacional. Total nacional.

Trabajadores que trabajan 40 horas o más
Periodo disminución de la jornadaEmpleado de empresa particularEmpleado del gobiernoEmpleado domésticoJornalero o Peón
FormalesInformalesFormalesFormalesInformalesFormalesInformales

Jul 2022-jun 2023
49,051,748,150,749,651,548,8
Jul 2023-jun 202448,451,547,750,749,250,648,58
Jul 2024-jun 202547,751,047,150,148,149,648,5
Trabajadores que trabajan 40 horas o más
Periodo disminución de la jornadaTrabajador por cuenta propiaPatrón o empleadorTrabajador familiar sin remuneración
FormalesInformalesFormalesInformalesFormalesInformales

Jul 2022-jun 2023
49,750,254,754,652,049,4
Jul 2023-jun 202449,450,354,454,752,249,2
Jul 2024-jun 202548,449,653,954,650,548,5
Fuente: Elaboración del Observatorio del Mercado de Trabajo y la Seguridad Social con base en microdatos GEIH- DANE.

  1. Observatorio del Mercado de Trabajo y la Seguridad Social, Universidad Externado de Colombia ↩︎
  2. Ver Rafael Sánchez, “Reducción Jornada Laboral ¿Qué nos dice la evidencia respecto del impacto en empleo y productividad?”, Conversatorio OIT 17 de julio de 2025. https://www.ilo.org/es/resource/otro/reduccion-jornada-laboral-que-nos-dice-la-evidencia-respecto-del-impacto-en ↩︎
  3. Es decir, la programación del mismo número de horas que corresponde a la semana de trabajo normal, pero en menos días. Por ejemplo, el sistema 4×3, cuatro días consecutivos de trabajo seguidos de tres días consecutivos de descanso. ↩︎